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El proceso para realizar la Declaración de Renta 2026 ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) comenzó en abril, siendo obligatorio para personas naturales y empresas. Aquellos contribuyentes en ciertas situaciones deben cumplir con este trámite, pero se recomienda para acceder a beneficios como dividendos hipotecarios o créditos tributarios. La declaración se hace en el sitio web del SII con Clave Tributaria o ClaveÚnica, entre el 8 y 30 de abril. Se advierte que no cumplir con el plazo establecido puede acarrear sanciones, incluyendo intereses y multas que han sido actualizados por la última reforma tributaria, con posibles penas de presidio en casos graves.

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En abril comenzó el proceso para realizar la Declaración de Renta 2026 ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), un trámite obligatorio tanto para personas naturales como para empresas.

Según información proporcionada por el SII, están obligados a realizar el trámite aquellos contribuyentes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Ingresos anuales superiores a $11.265.804, salvo si los sueldos provienen de un solo empleador.
  • Tener más de un empleador o pagador durante el año 2025.
  • Haber trabajado a honorarios y querer optar por la cobertura parcial de cotizaciones previsionales.
  • Haber solicitado el Préstamo Solidario en 2021.
  • Haber creado un emprendimiento en 2025 y generado ingresos por la venta de productos o servicios.
  • Las empresas, que deben presentar la Declaración de Renta sin excepción.

Es importante destacar que, aunque no se esté obligado, igualmente puedes optar por realizar este trámite. De hecho, se recomienda especialmente a quienes deseen acceder a beneficios o créditos tributarios, como dividendos hipotecarios o el crédito por gastos en educación.

¿Cómo y hasta cuándo hacer la Declaración de Renta?

La declaración se realiza a través del sitio web del SII, donde se debe ingresar con la Clave Tributaria o ClaveÚnica. El plazo para presentar el Formulario 22 se extiende entre el 8 y el 30 de abril, por lo que es fundamental cumplir con esta fecha para evitar sanciones.

Cristóbal Pérez, académico especializado en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes, advirtió en conversación con BioBioChile, que existen varias sanciones por no presentar la Declaración de Renta dentro del plazo establecido o por hacer una declaración falsa o incompleta.

Antes, la ley imponía un interés penal del 2% mensual y multas de hasta un 30% del impuesto adeudado por cada mes de atraso. Sin embargo, con la última reforma tributaria, el interés penal se determina ahora según una resolución del SII, basado en el interés de mercado publicado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que aumenta en un 3,5%. Este interés se aplica de manera diaria.

En caso de presentar una declaración maliciosamente falsa o incompleta, Pérez señala que las sanciones pueden ser severas, incluyendo multas de entre un 100% y un 300% del valor del tributo defraudado. Además, en situaciones de querella, podría aplicarse una pena de presidio menor en su grado máximo, según el Código Tributario.