Luego del fin de semana largo por el Día del Encuentro de Dos Mundos, celebrado el lunes 12 de octubre, miles de trabajadores retomaron este martes sus actividades habituales, preguntándose cuándo será el próximo feriado.
Sin embargo, quienes esperan una nueva oportunidad para descansar todavía tienen algunas fechas que marcar en el calendario, pues quedan cuatro festivos nacionales antes de que termine el 2026.
De hecho, octubre contempla otra jornada festiva, aunque esta vez caerá durante el fin de semana.
Se trata del sábado 31 de octubre, cuando se conmemora el Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, fecha que coincide con Halloween, celebración que también genera gran movimiento en el comercio.
Al día siguiente, el domingo 1 de noviembre, se conmemorará el Día de Todos los Santos, ocasión en que numerosas familias acostumbran visitar los cementerios para recordar a sus seres queridos.
¿Cuál será el último feriado del 2026?
Tras las festividades de octubre y noviembre, diciembre traerá las últimas dos jornadas festivas del año.
La primera corresponde al martes 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción, fecha importante para la Iglesia católica, durante la cual se desarrollan distintas actividades religiosas y procesiones en honor a la Virgen María.
Posteriormente, llegará el viernes 25 de diciembre, Navidad, que permitirá disfrutar del último fin de semana largo de 2026, considerando que la festividad se extenderá junto al sábado 26 y domingo 27.
De esta manera, los feriados nacionales que restan para este año son:
- Sábado 31 de octubre: Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
- Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado irrenunciable).
¿Qué feriados son irrenunciables?
Un detalle importante es que Navidad será el único feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio entre las fechas mencionadas, según establece la Ley 19.973.
Por lo tanto, el 31 de octubre, el 1 de noviembre y el 8 de diciembre no tendrán esa condición, de modo que los establecimientos comerciales podrán funcionar conforme a la normativa laboral correspondiente.