Este jueves, se dio a conocer que la Contraloría General de la República concluyó que la exministra de Seguridad Pública, María Trinidad Steinert, actuó fuera del marco de sus atribuciones legales al solicitar a la Policía de Investigaciones (PDI) información detallada sobre funcionarios que participaban en una investigación penal reservada.

De acuerdo con información exclusiva de Radio Bío Bío, el órgano contralor determinó que el requerimiento realizado por la exsecretaria de Estado excedía las facultades que la ley otorga al Ministerio de Seguridad Pública y, además, podía afectar el desarrollo de una causa penal en curso.

El pronunciamiento se originó tras requerimientos presentados por los diputados Raúl Leiva, Patricio Pinilla y Tatiana Urrutia, quienes cuestionaron la legalidad de un oficio reservado enviado por Steinert al director general de la PDI, Eduardo Cerna, apenas dos días después de asumir el cargo, en marzo de este año.

Según el dictamen, el oficio solicitaba antecedentes específicos sobre funcionarios vinculados a la investigación del denominado “Clan Chen”, en la Región de Tarapacá. Entre la información requerida figuraban nombres completos, RUT, grados, destinaciones, eventuales sumarios administrativos y denuncias penales.

Para la Contraloría, ese nivel de detalle no era necesario para las funciones de planificación, coordinación, supervisión y evaluación que la legislación asigna al Ministerio de Seguridad Pública.

Además, el organismo recordó que la normativa prohíbe expresamente solicitar antecedentes cuya divulgación pueda afectar una investigación penal vigente, situación que, a su juicio, podía producirse en este caso.

“No se advierte de qué manera los requerimientos específicos (…) puedan enmarcarse en las hipótesis legales que habilitan a la autoridad ministerial para efectuar este tipo de solicitudes”, señala el Dictamen N.º D344/2026.

Contraloría cuestionó deber de abstención de Trinidad Steinert

Otro de los aspectos que abordó el dictamen dice relación con el vínculo previo entre Steinert y los funcionarios consultados.

Recordemos que los antecedentes solicitados correspondían a una brigada policial con la que la exministra había trabajado durante su período como fiscal regional de Tarapacá. Por ello, la Contraloría sostuvo que la entonces autoridad debía observar el deber de abstención para evitar un eventual conflicto de interés derivado de esa relación profesional previa.

En ese contexto, el organismo concluyó que la actuación de Steinert “no se ajusta estrictamente a las atribuciones y funciones que el ordenamiento jurídico asigna a la autoridad ministerial” y que tampoco fue consistente con el deber de abstención que debía respetar.

La salida de Consuelo Peña fue considerada legal

Por último, el dictamen también se pronunció sobre la salida de la entonces prefecta general de la PDI, Consuelo Peña San Miguel, quien fue removida pocos días después de que Steinert enviara el oficio reservado.

Sobre este punto, la Contraloría estableció que su retiro absoluto fue dispuesto mediante el Decreto Supremo N.º 53 de 2026 y que dicho acto administrativo fue tomado de razón por el propio organismo el 10 de abril, al estimar que se encontraba ajustado a derecho.

De esta forma, si bien el órgano fiscalizador cuestionó la legalidad del requerimiento de información realizado por la exministra, descartó irregularidades en la desvinculación de la entonces prefecta general de la PDI.