Colegio católico pagará $30 millones por no frenar grave bullying homo/transfóbico contra estudiante
Luego de seis años de litigio, el 17° Juzgado Civil de Santiago puso fin a una causa que remeció a la comunidad educativa al condenar al Colegio San Lázaro de la Salle a pagar más de $30 millones por un caso de bullying homo/transfóbico ocurrido al interior del establecimiento. El fallo fue valorado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), organización que acompañó legalmente a la estudiante afectada y a su familia.
La sentencia, dictada por la jueza Rocío del Pilar Pérez, determinó la responsabilidad civil del sostenedor del colegio, la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, al establecer que no se activaron de forma adecuada los protocolos de convivencia escolar frente a los reiterados episodios de hostigamiento que sufrió la niña en 2019, cuando tenía 12 años, detalló BioBioChile.
Desde el Movilh, destacaron el alcance del pronunciamiento judicial. La abogada de la organización, Claudia Castañeda, afirmó que se trata de “uno de los fallos más relevantes en materia de protección de derechos de estudiantes LGBTIQ+”, ya que reconoce el daño causado por un hostigamiento prolongado y, además, descarta de manera tajante un argumento defensivo que calificó como insólito.
El tribunal ordenó al establecimiento pagar $51.900 por daño emergente, $10.000.000 por daño moral a la madre de la estudiante, María Órdenes, y $20.000.000 por el daño moral sufrido por la menor, identificada como A.M.O. La causa se mantuvo en tribunales durante seis años y fue considerada por la familia como una resolución justa tras un largo proceso judicial.
Grave caso de bullying contra menor de edad
Los hechos se remontan a 2018, cuando la estudiante ingresó a 5° Básico al Colegio San Lázaro de la Salle. Al año siguiente comenzaron los episodios de acoso escolar, los que se extendieron por meses. Si bien en ese entonces la niña aún no se identificaba como trans, proceso que inició posteriormente, su expresión de género femenina fue el principal motivo de los ataques.
Según relató su madre ante el tribunal, la menor era víctima constante de insultos como “maricón”, “marica”, “vaquita”, “gordita” y “Arianita”. A esto se sumaban agresiones físicas, como patadas cuando estaba en el suelo, persecuciones dentro del colegio, lanzamiento de comida durante el almuerzo y la sustracción de su mochila y cuadernos.
Uno de los episodios más graves ocurrió el 1 de agosto de 2019, cuando una profesora le pidió cerrar con llave la sala de clases para evitar el ingreso de otros estudiantes. Esta situación desencadenó que cerca de 20 alumnos la persiguieran por el establecimiento con amenazas de golpearla, mientras continuaban los insultos por su expresión de género.
Al analizar los antecedentes, el tribunal sostuvo que el colegio incumplió su obligación de prevenir el acoso escolar, tal como lo exige la Ley 20.536 sobre Violencia Escolar y la Ley General de Educación. La jueza señaló que, aunque se trata de una obligación de medios, los hechos demostraron que el hostigamiento se mantuvo por meses sin una intervención efectiva por parte del establecimiento.
En su defensa, los abogados del colegio intentaron responsabilizar a la madre por haber matriculado a su hija en un colegio católico y solo de varones, argumento que fue rechazado de plano por la jueza Pérez, quien indicó que dicha alegación buscaba perpetuar patrones discriminatorios que no son admisibles bajo la normativa vigente.
Tras conocerse el fallo, el Movilh recalcó que la sentencia no solo desestimó una defensa sin sustento, sino que también marca un precedente para los establecimientos educacionales del país, al dejar en claro que ninguna creencia o proyecto educativo puede justificar la violencia o la discriminación contra estudiantes LGBTIQ+.