Durante la tarde del lunes se vio un esperado capítulo de Te doy la vida, el cual provocó gran expectación luego que el último episodio finalizara con ‘Emilio’ apuntando con una pistola a ‘Isidora’, la cual acarreaba porque quería suicidarse.

Tras apuntarse el arma en el cuello ‘Isidora’ se acercó a él para que no lo hiciera, iniciando un forcejeo que terminó por gatillar el revólver, hiriendo a ‘Emilio’ cerca de su hombro izquierdo.

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En ese momento llegó ‘Fabián’, quien en un intento por ayudar a ‘Isidora’, decidió asumir la culpa de haber iniciado el forcejeo con ‘Emilio’, siendo detenido en calidad de imputado por este hecho, razón por la cual será juzgado.

En el avance del capítulo del martes se puede ver que ‘Fabián’ está en Tribunales, siendo acusado por las pruebas presentadas por la Fiscalía de cuasidelito de homicidio en contra de ‘Emilio’, generando reacciones tanto en los personajes como en los seguidores de la teleserie.

Captura | Mega
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Lo anterior, debido a que esa escena dejó al descubierto un error jurídico del que pocos televidentes se dieron cuenta, quienes incluso acusaron a quienes están a cargo de la producción dramática de desinformar a la gente.

Marcelo Moncada, abogado y socio de M&E Estudio Jurídico, se refirió en conversación con Página 7 a la acusación de cuasidelito de homicidio con la que la producción dramática inculpó al personaje del actor Cristián Riquelme.

Moncada señaló que “no es una cuestión que se resuelva, como se planteó el caso, con una mera explicación de las normas del Código Penal”, agregando que la intención de la persona en esta trama no es ejecutar un hecho ya que el sujeto no va con dolo, es decir, “no va con la intención de ocasionar un delito”, explicó.

Posteriormente indicó que “en este caso la persona va a ayudar a otro sin intención de matarlo ni lesionarlo, tampoco va con culpa. El Código Penal dice que cuando una persona comete un cuasidelito lo hace por Imprudencia Temeraria, pero si te das cuenta, el tipo no tuvo la intención de hacer daño ni tampoco fue imprudente, al contrario, fue muy prudente”.

Agregó que este caso no sería ni cuasidelito de homicidio ni cuasidelito de lesiones, ya que es un problema, como se conoce en el Derecho Penal, de teoría general del delito.

Recalcó que “el Código Penal define la mayoría de los casos como delitos, ya sea delito de homicidio, de lesiones, y en ciertos casos minoritarios habla de cuasidelitos”, explicando que el delito de homicidio dice claramente ‘el que mate a otro’. “Pero la persona que mata a otro y lo hace por imprudencia temeraria, sin intención, comete un cuasidelito de homicidio en términos simples, ya que no hay intención clara de hacerlo, porque la persona fue descuidada más que nada”, manifestó.

Finalmente, reconoció que se puede dar en un caso muy especial los cargos que le aplicaron a Fabián. “Se agregan otros elementos, como que el Fiscal acuse al imputado por cuasidelito de homicidio, pero como se planteó, no habría ningún cargo”, dijo.

Cabe destacar, no obstante, que este martes se conocerán detalles de la acusación y de la versión que entregará Fabián.

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