Tras el primer fin de semana de este nuevo año, muchos consumidores comienzan a disfrutar de sus vacaciones y optan por arrendar casa o departamentos en diversas ciudades del país.

Para disfrutar del merecido descanso y evitar malos ratos, el Sernac hizo un llamado a los consumidores a tener presente sus derechos y entregó una serie de consejos a considerar al momento de contratar este tipo de servicios.

Lo más importante es contratar servicios en el comercio establecido, como por ejemplo, corredoras de propiedades u otros intermediarios que respondan ante el consumidor. Así podrá exigir que le entreguen la información relevante sobre la propiedad, ubicación y características y que todo lo ofrecido se cumpla.

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En caso de algún incumplimiento, los consumidores pueden recurrir al Sernac o exigir que las empresas respondan ante tribunales.

Recomendaciones al contratar:

1.- Exija un contrato por escrito donde queden registradas todas las promesas efectuadas por el proveedor. Cabe recordar además que todo aquello ofrecido en la publicidad se entiende incorporado al contrato.

2.- Nunca crea en ofertas demasiado buenas para ser verdad.

3.- Trate en lo posible de visitar la propiedad, en caso de no ser posible, verifique que ésta exista antes de realizar cualquier pago anticipado, por ejemplo, averiguando que el domicilio sea real, buscando recomendaciones del lugar, entre otros.

4.- Recurra a corredoras con prestigio en el rubro, con domicilio y representantes identificables e idealmente que estén suscritas a alguna de las asociaciones de corredores de propiedades.

Desde Sernatur, recomendaron que para contratar servicios de alojamiento turístico, se verifique si están registrados en Sernatur, ya que todo servicio de alojamiento turístico es regulado por la Ley 20.423 y su reglamento el decreto 222.

La Ley del Consumidor tiene alcance para las relaciones de consumo entre un consumidor final y una empresa. Por ende, si un consumidor contrata un servicio a otra persona en forma particular, esto es, sin que exista habitualidad en el arrendamiento de casas por parte de ella, no podrá exigir que sus derechos sean respetados en caso de incumplimiento a través de esta normativa.

Hay que recordar que la Ley puede hacerse cargo del incumplimiento de las empresas, pero no tiene alcance para quienes se dedican al negocio del engaño. En caso de estafa, los afectados deben hacer la denuncia ante la PDI y Fiscalía para que persigan estos hechos.

Para ver los tipos de alojamientos turísticos, pincha aquí.

Para quienes deseen buscar alojamientos pueden ingresar al buscador de servicios turísticos ubicado en la página de Sernatur