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Este domingo 16 de noviembre se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias 2025, y la ley otorga un permiso especial remunerado de al menos tres horas para que los trabajadores puedan ejercer su voto, sin que afecte sus remuneraciones ni se descuente del horario de colación. El abogado laboral Eric Peñaloza destacó que los empleadores deben conceder este permiso, y de no hacerlo, podrían enfrentar multas de la Dirección del Trabajo. En caso de excederse en el tiempo permitido, el empleador puede aplicar amonestaciones o descuentos si se justifica la ausencia prolongada. Los vocales de mesa están exentos de descuentos y reciben un bono estatal, mientras que los trabajadores durante la jornada electoral solo tienen derecho a horas extras o descanso compensatorio. Peñaloza enfatizó que los empleados pueden denunciar ante la Inspección del Trabajo si se les impide votar.
Este domingo 16 de noviembre se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias 2025, y muchas personas deberán cumplir con sus labores durante la jornada electoral. En ese contexto, la ley garantiza un permiso especial para trabajar en elecciones, el cual permite a los empleados ausentarse por al menos tres horas continuas con el fin de ejercer su derecho a voto.
De acuerdo con la normativa laboral, este permiso es remunerado y no puede descontarse del horario de colación, lo que significa que los trabajadores deben disponer de tiempo suficiente para votar sin afectar sus remuneraciones.
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Obligaciones del empleador
Según explicó Eric Peñaloza, abogado laboral y académico de la Escuela de Derecho de la Universidad UNIACC, “el empleador debe conceder a los trabajadores que deban laborar ese día un permiso de, al menos, tres horas para que puedan ejercer su derecho a voto, sin descuento de sus remuneraciones”.
El especialista añadió que “las horas destinadas para votar son independientes del horario de colación, por lo que este no puede reemplazar el permiso para sufragar”.
Además, recordó que las empresas que no respeten esta disposición arriesgan multas aplicadas por la Dirección del Trabajo.
¿Qué pasa si el trabajador se demora más de lo permitido?
Si un trabajador se excede de las tres horas otorgadas, el empleador podrá aplicar amonestaciones o descuentos en la remuneración, siempre que logre justificar la ausencia prolongada.
Peñaloza aclaró que los empleadores no pueden exigir comprobantes de votación, ya que “la ley solo establece la obligación de otorgar el permiso remunerado, sin necesidad de que el trabajador acredite su participación”.
Casos especiales y denuncias
Los trabajadores designados como vocales de mesa están exentos de descuentos por ausentarse de sus labores y, además, reciben el bono estatal correspondiente por cumplir con su deber cívico.
Por otro lado, quienes trabajen durante la jornada electoral no cuentan con beneficios adicionales, más allá del pago de horas extras o descanso compensatorio, según corresponda.
Finalmente, Peñaloza recalcó que si un empleador impide el ejercicio del voto, los trabajadores pueden realizar la denuncia ante la Inspección del Trabajo, utilizando los canales habilitados para ese fin.



