Un insólito caso se registró en España, luego que la justicia determinara quitar la pensión paterna a una joven de 24 años que reprobó segundo año de Bachillerato tres veces.

Tras no aprobar ninguna asignatura, la Audiencia Provincial de Albacete decidió suspender la pensión de alimentos de 600 euros (casi 500 mil pesos chilenos) que pagaba un padre divorciado a su hija, por el “nulo aprovechamiento” de sus estudios.

Según consignó el Huffington Post, fue el propio padre quien presentó un recurso a la Sección Civil de la Audiencia Provincial albaceteña, atendiendo al fallo del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Albacete el 21 de julio de 2017, en el que se determinó que siguiera pagándole la pensión de 600 euros a su hija.

El argumento del progenitor era que la joven ya se había incorporado al mercado laboral, aunque de manera ocasional, siendo su principal ocupación supuestamente los estudios.

En la sentencia además se señala que desde 2014 ella “solo ha estado matriculada en segundo de Bachillerato” en tres cursos sin aprobar ninguno: “En el primer año no aprobó, el segundo curso fue dada de baja por inasistencia y el tercer curso tampoco aprobó nada”.

Finalmente la justicia dio a favor del padre y el documento final se explica que “no es admisible que se obligue al padre a hacer el sacrificio económico que supone el pago de la pensión” sin que ella “emplee su tiempo en formarse adecuadamente de cara a la obtención de un medio de vida que le permita independizarse”.

Pero es no es todo, ya que para que la joven pueda integrarse al mercado laboral de manera ordenada, el pago de la pensión se extenderá por medio año.

Cabe señalar que la legislación chilena sostiene que la pensión alimenticia de los hijos corresponde hasta los 21 años de edad, sin embargo, esta puede alargase hasta los 28 en caso que siga estudiando.

Por otra parte, es deber del padre pedir el cese del pago a través de una demanda en los Tribunales de Familia, ya que de lo contrario, aunque el beneficiario ya no tenga carácter de alimentario, como en el caso que supere los 30 años, seguirá obligado a pagar.