El Tribunal Supremo de Italia confirmó la condena de un año y cinco meses a prisión a un hombre de la ciudad de Bologna que sometía a su esposa en casa a estrictas normas de “ahorro doméstico”.

El condenado había llegado a someter a su esposa a “un estado de ansia y frustración” por un estricto régimen que había impuesto en la casa del matrimonio.

La víctima, según los medios locales, había denunciado que solo podía comprar productos en oferta y le limitaba el uso del agua, con una sola ducha a la semana, o del papel higiénico.

Este estilo de vida de ahorro extremo, para los jueces del Supremo, se convirtió en una auténtica coacción alimentada con métodos de control y agresiones, a pesar de que el matrimonio no atravesaba apuros económicos, y ambas partes tenían trabajo y sueldo.

No es la primera vez que la Alta Corte se expresa sobre situaciones de este estilo. En junio del año 2000, el Supremo falló que “la persistente y sistémica conducta de un cónyuge dirigida a hacer insoportable la vida de su pareja, con una humillante e injustificada vejación y exasperada avaricia, entra en la tipología del delito de maltratos familiares”.

Por otro lado, el Código Civil italiano recoge en su artículo 143 que “con el matrimonio, marido y mujer adquieren los mismos derechos y deberes” con la “obligación recíproca a la fidelidad, la asistencia moral y material y a la colaboración en el interés de la familia y de la convivencia”.