Este jueves la Corte de Apelaciones deberá revisar la medida cautelar de prisión preventiva que cumple Nano Calderón en el centro psiquiátrico El Cedro, ubicado en la comuna de La Reina, y determinar si seguirá allí o debe ser trasladado al penal Santiago 1.

Recordemos que el hjo de Raquel Argandoña y Hernán Calderón, se encuentra en un proceso judicial tras ser acusado de parricidio frustrado en contra de su padre, luego que lo atacara con un cuchillo en su domicilio, provocándole diversas lesiones.

En este contexto, la defensa de Calderón Argandoña busca que su representado no sea trasladado al penal en cuestión, por lo que interpuso un recurso de hecho ante la misma Corte, pidiendo que se deseche esta petición de Fiscalía.

A su parecer, esa acción, “conforme a los argumentos vertidos en el cuerpo de este escrito, resulta en la especie improcedente, solicitando en consecuencia no se le dé lugar al mismo y se declare inadmisible”.

Esta petición será analizada durante la jornada de este jueves, donde el tribunal de segunda instancia determinará si considera o no la petición del Ministerio Público.

Recordemos que tras la decisión de la jueza, durante la audiencia de formalización en el Cuarto Juzgado de Garantía de la capital, la magistrada se llenó de críticas por considerarse que se trató con privilegios al imputado. Por lo mismo, la Fiscalía apeló la decisión.

Tesis rebatida por Mario Vargas, abogado de Calderón hijo, quien en el documento que respalda la solicitud señalada anteriormente, indica que no existe fundamento legal para recurrir de apelación en este caso – en concordancia con los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal – y en que, a su juicio, “no existe agravio para el Ministerio Público”.

“En consecuencia, la sola calidad de interviniente no otorga por sí misma la legitimación activa requerida para recurrir, es necesario que exista agravio para que proceda la facultad. Lo que a juicio de esta parte no existe respecto del Ministerio Público ya que, como ya se ha expuesto, se acogió su solicitud de someter a la cautelar de prisión preventiva a nuestro representado”, detalla el defensor.

A modo de concluir el documento, Vargas recalcó la presunta improcedencia de la apelación de la Fiscalía y solicitó a la Corte “acoger en todas sus partes el presente recurso de hecho (falso) y declarar inadmisible la apelación deducida por el Ministerio Público, de fecha 23 de agosto de 2020″.