La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $80 millones a una carabinera que fue violada por un enfermero en el hospital institucional.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, que estableció la responsabilidad por falta de servicio del establecimiento hospitalario, que derivó en la comisión del delito.

El hecho se remonta al 3 de marzo de 2011, cuando la afectada concurrió hasta el servicio de Urgencia Traumatológica del Hospital de Carabineros ubicado en Ñuñoa por una afección lumbar.

El médico de turno prescribió el uso de ketoprofeno y ketorolaco, los que debían ser suministrador por el enfermero de turno, también carabinero.

Sin embargo, de acuerdo al fallo, en vez que administrarle lo prescrito por el médico, le inyectó “otro medicamento que le provocó la privación de conciencia, por tratarse de un hipnótico e inductor de anestesia”.

Tras eso, la violó mientras “se encontraba privada de sus sentidos, sin tener, por consiguiente, capacidad y/o posibilidad de oponer resistencia alguna”.

Además de las lesiones física, la funcionaria sufrió un daño sicológico grave que aún la mantiene bajo tratamiento.

El funcionario fue condenado en 2012 como autor del delito de violación en grado consumado ante el Segundo Juzgado Militar de Santiago.

La resolución agrega que, considerando que “la acción indemnizatoria descansa en un ilícito por el cual su autor fue sancionado penalmente, perpetrado con ocasión de sus funciones propias (…) no queda sino concluir que el Fisco de Chile debe responder civilmente, por ser el Estado responsable del daño producido”.