En los últimos años muchas son las personas que han optado por vivir en comunidad, esto es departamentos o condominios, principalmente por los espacios de construcción se van reduciendo sobre todo en las ciudades más pobladas.

El vivir en comunidad exige el cumplimiento de una serie de normas estipuladas por Ley y también por el reglamento de convivencia interno que emerge desde la administración del complejo habitacional, y una de ellas es el pago oportuno de los “gastos comunes” (GC).

En este contexto, más de alguno se ha preguntado por el detalle de estos cobros y a qué corresponden específicamente. Además de saber si es o no legal cobrar multas o exponer tus deudas a terceros, como esos clásicos listados pegados en el ascensor del recinto.

Para ayudar a quienes tengan dudas en este tema, la abogada Carmen Gloria Arroyo explicó en el matinal Muy Buenos Días en qué consisten estos gastos y cómo se pagan.

Primero que todo, se debe saber que los gastos comunes son gastos en los que todo propietario debe incurrir para mantener los lugares comunes. Eso sí, no todos pagan la misma cantidad.

Para calcular el cobro, ‘La Jueza’ señaló que se revisa el avalúo fiscal de la propiedad y metros cuadrados de la propiedad. Lo anterior, sin perjuicio que en el reglamento de la comunidad se indique que todos pagarán lo mismo, previo acuerdo de los propietarios en las asambleas. Esto es porque a veces la diferencia entre departamentos es muy mínima o son todos iguales.

Otro punto importante es que los gastos comunes es una obligación de los dueños de la propiedad, no del arrendatario, puesto que si el arrendatario no los paga, los dueños no pueden excusarse y se los cobrarán igual. Eso sí, cuando se realizan los contratos de arrendamiento, queda estipulado que el arrendatario se hará cargo de estos gastos, puesto que en algunos casos se incluyen en el costo total del arriendo.

Además, se debe tener en cuenta que los GC pueden ser variables o fijos. Lo anterior debe estar estipulado en el reglamento de la comunidad, donde se acuerda un monto fijo que se someterá a reajustes o bien se suman todos los gastos del mes y se dividen por la cantidad de departamentos.

En el desglose de estos gastos, existen:

Gastos ordinarios: los que corresponden a administración, agua, luz, conserjes, mantención, jardines, etc.

Gastos extraordinarios: aquellos que no son de común ocurrencia, como construir un quincho, un cuarto para bicicletas, etc., es decir, gastos que no están presentes todos los meses.

¿Las multas son legales?

Arroyo comentó que los GC se cobran con la periodicidad que se haya establecido en el reglamento, que por lo general son todos los meses, sino se paga en esa fecha, este sistema de cobros está regulado en la Ley de copropiedad y ésta dice expresamente que de no pagar,  se puede cobrar por ello el máximo interés corriente más el 50%. El interés corriente lo fija el Banco Central y a esa cifra se le suma el 50% para fijar el interés a cobrar.

segundo, la ley dice que si debo tres o más meses, sean continuos o discontinuos, corte de luz, siempre y cuando esté estipulado en el reglamento.

Captura | TVN
Captura | TVN

Si la persona persevera en no pagar, Carmen Gloria explicó que la misma papeleta que se entrega todos los meses con el cobro de los gastos comunes, se convierte, a ojos de la Ley, en un título ejecutivo, lo que quiere decir que es equivalente a una factura, a un cheque, a un pagaré o a una letra de cambio, y por lo tanto, da origen a que se lleve a cabo un juicio ejecutivo.

El juicio anteriores es el que “tiene por objeto embargar, retirar bienes de su casa y rematarlos para pagar. Este lo inicia la administración a través de una demanda en tribunales civiles“.

En cuanto a la exposición de los deudores en ascensores u otros lugares del edificio, ‘La Jueza’ señaló que no está regulado pero, a su juicio, debería estar prohibido ya es una vulneración a la privacidad informar a terceros sobre deudas personales.

Por último, aconsejó que en el caso que existan dudas sobre estos cobros lo mejor es asistir a las reuniones de la comunidad y, en el caso de tener problemas para pagar, conversarlo también con la administración para ver si existe alguna solución auxiliar y así no tener problemas de corte legal.