La tarde de este lunes, la Corte Suprema confirmó el desafuero de la diputada María Luisa Cordero, tras una querella por injurias con publicidad presentada por la senadora Fabiola Campillai.
Recordemos que en marzo pasado, la médico psiquiatra aseguró en el espacio Sentido común de Radio El Conquistador, que su colega “no es totalmente ciega” y que “tiene un ojo que le funciona”.
Lo anterior, pese a que la justicia determinó que Campillai perdió la visión, gusto y olfato tras haber recibido el impacto de una bomba lacrimógena, disparada por el excapitán de carabineros, Patricio Maturana, durante el estallido social.
En ese contexto, Karina Piña, directora de carrera de Derecho de Universidad de Las Américas, campus Providencia, explicó a Página 7 qué significa que la parlamentaria haya sido desaforada.
“Todos los diputados y senadores, por mandato constitucional, cuentan con un fuero que les impide ser acusados o privados de libertad, salvo que hayan cometido algún delito flagrante”, inició.
“En cuyo caso, el tribunal de alzada, en este caso, la Corte de Apelaciones de su jurisdicción respectiva, en pleno, deberá revisar el caso y, de haber mérito, podrá desaforar a la diputada para que pueda ser perseguida procesalmente por los tribunales respectivos, y así ver si es culpable o no del delito que se le acusa”, agregó.
La profesional de la UDLA aclaró que un parlamentario al ser desaforado “va a ser juzgado como cualquier ciudadano, por ende, también aplican los principios en el orden de que nadie es culpable hasta que una sentencia declare lo contrario”.
¿Qué consecuencias tiene?
La docente señaló que, sin perjuicio de que va a ser procesada judicialmente, “solo va a producir la suspensión de sus funciones, mas no el otorgamiento de la dieta parlamentaria”.
“Eso sí, deben seguir cumpliendo sus labores en sus respectivas circunscripciones, y también lo relacionado con los ciudadanos con los cuales se han comprometido”, agregó.
Por último, Piña reiteró que mientras no sea declarada culpable, no se le puede suspender la dieta parlamentaria, que por mandato constitucional debe recibir por el hecho de ser diputada.
Cordero arriesga una pena de reclusión menor en su grado medio, que va de 541 días a 3 años y un día de privación de libertad, y una multa que va de 11 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (desde $700 mil a $1.2 millones).