Fue el pasado lunes que el Gobierno ingresó con suma urgencia el proyecto que busca el pago efectivo de las deudas de las pensiones alimenticias.

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, explicó que “lo que estamos estableciendo es ampliar la búsqueda de patrimonio a todos los instrumentos posibles, estas son las instituciones que le reportan a la Comisión de Mercado Financiero, pero también a los fondos de pensiones”.

Esta iniciativa, llamada ley sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de alimentos, busca que cuando el deudor o deudora tenga tres meses sin pagar o cinco meses de pagos parciales (incompletos) de pensión se pueda utilizar este recurso.

¿En qué casos se podría usar el proyecto de pago de pensiones alimenticias?

Pasado el tiempo señalado anteriormente, según lo que señala la cuenta de Twitter especializada @Derecho__Facil, hay dos escenarios donde se podría recurrir a la ley.

En el primero se puede “solicitar al Tribunal que se ordene el pago de las pensiones de alimentos a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias u otro instrumento de inversión”.

En caso de que no existan estos instrumentos o no alcancen para cubrir las deudas, “se podrán cobrar de los fondos de capitalización individual (fondos AFP)”.

Apenas se realice la solicitud, el Tribunal tendrá 48 horas para oficiar a las instituciones bancarias para que en un plazo de 10 días entreguen información para el pago de la deuda.

Pasado ese plazo y confirmados los antecedentes, se ordenará el pago de la deuda en las 24 horas siguientes. Desde ahí, habrá un tiempo de 15 días hábiles para efectuar la transferencia.

Por ahora, habrá que esperar la discusión en el Congreso, que tiene un plazo de 15 días para ser conocido y despachado.