Este miércoles, vence el plazo para el pago del Permiso de Circulación 2022, el cual corresponde al documento que deben obtener los dueños de los vehículos para poder circular de manera legal por el país.

El trámite inició el pasado 1 de febrero, y tras dos meses de vigencia, este 31 de marzo culmina el proceso para que autos, motocicletas y furgones puedan acceder a el.

Debido a ello, durante la mañana de esta jornada, se han registrado largas filas a las afueras de municipios, además de los puntos que han establecido las autoridades comunales para hacer el pago correspondiente.

Eso sí, para poder pagar el permiso se deben presentar una serie de documentos, los que son:

– Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil
– Permiso de Circulación anterior
– Póliza del seguro automotor obligatorio (SOAP), que debe cubrir el período de vigencia del Permiso de Circulación
– Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.

En caso de poseer un vehículo nuevo, se debe acreditar ante el municipio los siguientes requerimientos:

– Factura de compra (incluye la copia)
– Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente
– Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI)
– Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación

Cabe señalar, que el documento se entregará al dueño del automóvil, solo si no cuenta con multas de tránsito impagas. En caso de tenerlas, el conductor deberá regularizar lo anterior previo al trámite.

¿Cuánto debo pagar de Permiso de Circulación?

En ese sentido, el Servicio de Impuestos Internos (SII) tiene habilitado un buscador dentro de su sitio web, donde se ingresan los datos de los vehículos, y arroja automáticamente la tasación fiscal y el valor a pagar por el documento.

Eso sí, puede que el inmueble no figure en el listado del organismo. En ese caso, será el Director de Tránsito Municipal respectivo quien homologue el valor a uno de similares características presente en los listados, según lo establecido en el Decreto Ley N°3.063 sobre Rentas Municipales, artículo 17.