Fue el pasado 20 de septiembre que Rodrigo Rojas Vade renunció a su rol en la Convención Constitucional y, de paso, al sueldo íntegro que significa este trabajo.

Sin embargo, según detalla BioBioChile, el monto que corresponde a septiembre fue entregado en su totalidad al activista, esto porque aún no ha dejado de ser constituyente de forma oficial, ya que no existe mecanismo formal que oficialice esto.

La Secretaría Administrativa de la Convención Constitucional se refirió a esta situación, confirmando que “al convencional Rodrigo Rojas Vade se le transfirió su retribución mensual correspondiente al mes de septiembre”.

Esto aunque él haya renunciado de palabra, ya que sigue siendo un convencional constituyente. Y, por ley, debe recibir su sueldo, el que es depositado a su cuenta bancaria personal automáticamente.

Más aún, confirmaron que Rojas Vade recibió íntegro su sueldo, a pesar de que el pasado jueves 9 de septiembre presentó una licencia médica por 15 días, que comenzó a regir ese mismo día.

Las mismas fuentes explicaron al respecto que ningún convencional constituyente tiene un contrato de trabajo. La Convención Constitucional no tiene personalidad jurídica. Por ende, no puede hacer contratos como los que se realizan en el Congreso, ya que este último es una corporación.

Por esta razón, la Secretaría Administrativa del órgano no tiene la capacidad de enterarse si el convencional recibió o no dinero por su licencia y si esta fue aceptada o no por su cobertura de salud, explicaron las mismas fuentes.

Y además indicaron que existe otro problema: si es que Vade quisiera devolver el dinero porque su licencia fue aceptada, no existe un mecanismo para realizarlo. Hasta el minuto, no hay modo de devolver a la Secretaría el dinero.

Así, el 1 de octubre Vade percibió $2.512.604 en su cuenta respectiva por concepto de remuneración del mes de septiembre. Esto corresponde a 50 UTM (1 UTM fue valorada en $52.631 en dicho mes), con el descuento del impuesto único de segunda categoría (4,52% del total).

Es importante mencionar que Rojas Vade durante septiembre solo alcanzó a participar en la Convención durante los primeros tres días: entre ellas, se cuentan una reunión con la Mesa ampliada cumpliendo su función de vicepresidente adjunto, y en la sesión plenaria llamada “Reflexiones Constituyentes”.

Cercanos a Rodrigo Rojas Vade que conocen el caso desde cerca arguyeron que al parecer entregará el sueldo del mes no trabajado a una fundación, y que están a la espera de que exista un mecanismo de renuncia para poder hacer uso de él. Consultado al respecto por Radio Bío Bío, el constituyente no respondió.

Cabe mencionar que si bien el hecho puede generar varias críticas, el director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, confirmó que todo está bajo el margen de la ley

Soluciones

Lo que desencadena todo este problema es un vacío legal: Rojas Vade no puede renunciar. A los constituyentes se les aplica lo establecido en los artículos 58 al 61 de la Constitución, junto al 51, sin sus incisos primero y segundo.

En concreto, el artículo 60 estipula una serie de causales de cesación, como ausentarse por más de 30 días del país sin permiso del órgano, ser nombrado en un cargo público o incitar a la alteración del orden público, entre otras.

Pero específicamente acerca de la posibilidad de renunciar, solo se refiere el inciso final de la ya mencionada norma: “Los diputados y senadores podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional”.

Sin embargo, existe una traba a esto último: el Tribunal Constitucional no tiene entre sus facultades poder pronunciarse sobre la renuncia de Vade.

Así lo confirmó el abogado constitucionalista Arturo Fermandois, quien fue parte de la comisión técnica que redactó la ley 21.200, que le dio forma y marco regulatorio al plebiscito de octubre de 2020 y al nacimiento de la Convención Constitucional: “Si bien existe como estatuto la causal de renuncia exclusivamente por enfermedad grave, no tenemos un órgano facultado para declararla”.

En tanto, acerca del salario de Vade, el jurista PUC reflexionó que “lo consistente sería que lo mantenga en una cuenta, intacto, de forma tal que cuando opere formalmente la renuncia, lo restituya al erario público”, y que sería “inconsistente” que “se lo gastase”.

No obstante, aclaró Fermandois que Vade, de acuerdo a la ley, puede hacer uso de este sueldo, sin infringir ningún estatuto: “La contradicción parece ser más bien no con una norma, sino con su propia declaración previa, de que no participará en las sesiones”.

Por último, el constitucionalista admitió que fue un error el no haber modificado “todas y cada una de las leyes que se refieren a estos temas”, lo cual no se hizo porque en dicha comisión técnica “estábamos contra el tiempo, ya que todo se realizó en tres semanas”.

Y sobre el tema de la renuncia, finalizó: “A nadie se le cruzó por la cabeza que pudiese ser, en un período como 12 meses, que un o una convencional estuviese en situación de renunciar. Parecía inimaginable”.