La Cámara de Diputados rechazó el articulado del proyecto que amplía a dos días el plazo para celebrar las próximas elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por razones sanitarias.

De esta forma, la Cámara Baja desestimó lo resulto por el Senado, debido a lo cual las discrepancias deberán resolverse en una Comisión Mixta.

La iniciativa tiene como propósito de evitar aglomeraciones y posibles contagios de COVID-19, destinando los días 10 y 11 de abril para la realización de los comicios, ya que, según el subsecretario de la Segpres, Máximo Pavez, al ser cuatro las elecciones, se cuadriplicarán los tiempos de votación.

De acuerdo al proyecto, el Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo de las elecciones con, a lo menos, 25 días de anticipación al inicio de ellas, incluyendo, las siguientes materias:

-La constitución de las mesas receptoras de sufragios, informando al Ministerio de Educación en los casos que corresponda.

-La determinación de horarios exclusivos o preferentes de votación a diferentes grupos de personas.

-El procedimiento de cierre de jornada y sellado de urnas del día 10 de abril de 2021, así como el de reapertura de votación el día 11 de abril de 2021.

-El proceso de sellado y la custodia de las urnas y los útiles electorales en los locales de votación, tras el cierre de la jornada del día 10 de abril de 2021.

-El orden del escrutinio de la votación.

Respecto del tema de la custodia, el texto dispone que corresponderá al delegado de la Junta Electoral y al Servicio Electoral coordinarse con los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional para el resguardo y la mantención del orden público.

Asimismo, la custodia del lugar donde se guarden las urnas y los útiles electorales se realizará con el auxilio de las Fuerzas Armadas y Carabineros, en tanto que las urnas electorales serán selladas y reabiertas al día siguiente por los vocales de mesas, sin perjuicio que podrán estar presentes los apoderados acreditados ante la mesa de votación.

Las personas que se designen vocales de mesas receptoras de sufragio deben desempeñar dichas funciones los días 10 y 11 de abril del presente año.

El bono de las personas que ejerzan las funciones de vocal de mesa ascenderá a la suma de sesenta mil pesos (por ambos días). El vocal de mesa que asista uno de los días de elecciones señalados recibirá el monto pagado en las anteriores elecciones.