El 24 de enero de 2020, Jesús es despedido. Sus dos superiores le llaman a una oficina, le dicen que su caja no cuadra, que debe pagar 100 mil pesos faltantes.

Él se niega, acusa que no es su responsabilidad, reclama que su propia jefa, Evelyn, había tomado dinero de la caja.

Andrés, su otro jefe se ofusca, le llama de mentiroso, tramposo, le grita.

“Yo sé quien eres tú, anda a la Inspectoría del Trabajo, denúnciame”, vociferan.

Lo echan de la oficina, le dicen que ya no trabaja allí, le piden que devuelva la ropa de la empresa.

Termina la jornada, se va a casa.

Al día siguiente vuelve a su lugar de trabajo, le advierten que no puede entrar, se queda fuera por horas.

Finalmente lo hacen pasar, no lo dejan cumplir sus labores, ratifica que está despedido.

Se entera que Andrés, su jefe, pasa horas hablando de su orientación sexual con sus compañeras de trabajo.

Que si era o no gay, que dónde vivía, que con quien dormía, qué hacía en su tiempo libre, que era extraño que a su edad no estuviera casado, que no tuviera mujer ni hijos. Que él tenía que saber si era o no homosexual, que ese tipo de personas no puede trabajar en un lugar como este, que debía trabajar en una peluquería-.

Jesús hace caso, va a la Inspección del Trabajo, la pelea se judicializa. Sus empleadores pierden. Apelan. Vuelven a perder.

El proceso

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó este miércoles 27 de enero de 2021 a la Sociedad e Inversiones y Rentas Efesis SpA, operadora de los locales “E-Change”, a pagar una indemnización de 5,5 millones de pesos por despedir a unos de sus trabajadores debido a su orientación sexual.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución de primera instancia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, que acogió la denuncia de vulneración de derechos fundamentales y demanda de cobro de prestaciones presentada por Jesús, ahora exempleado de la compañía.

El testimonio del denunciante -acompañado en la acción judicial y descrito al comienzo de este artículo- fue clave para que ambos tribunales resolvieran a su favor, luego de que acusara constantes hostigamientos de parte de sus superiores, incluso desde antes que fuese contratado como cajero el 13 de junio de 2019.

En su relato cuenta que su jefe, Andrés, siempre “estuvo encaprichado” con saber respecto de su orientación sexual y “obstinado en saber sobre su vida privada”.

Relata que en reiteradas ocasiones y casi diariamente, se le preguntaba hostigosamente, tanto por Andrés como por Evelyn, la encargada de la sucursal, si era homosexual, “señalándome que debía ser honesto y decir la verdad”.

“No podemos trabajar con ese tipo de personas”, cuenta Jesús que le decían sus superiores.

Explica que Andrés en una oportunidad le dijo que “no era digno de llevar su nombre, Jesús, por lo que no volvería a llamarle así”.

En su lugar, se referirían a él como Rafael, su segundo nombre, “llamándole de esa forma durante la mayor parte del tiempo que duró la relación laboral”, según versa la demanda ingresa ante el tribunal de primera instancia.

¿Usted es gay?

En el mismo documento, Jesús narra que cuando llevaba un mes como empleado de E-Change debió acompañar a Andrés a una sucursal de Banco Chile a efectuar depósitos.

Cuando cruzaban una plaza, se encontraron de frente con una pareja de muchachos besándose.

“¿Usted es gay?”-, dice Jesús que le preguntó Andrés.

– “¿Por qué me pregunta eso?”, retrucó Jesús.

– “Tengo que saber con qué clase de personas estoy trabajando, porque usted no tiene novia, no tiene hijos, solo se la pasa con su supuesto primo”, cuenta Jesús que le dijo su jefe.

– “¿Con quién vive? ¿Con quién duerme?”, volvió a preguntar Andrés, según Jesús, quien intentó que la conversación terminara ahí y evitó responderle, debido a las preguntas “fuera de lugar sobre su vida personal y privada”.

Pero antes de empezar los trámites, Andrés volvió al tema.

– “Dígame la verdad, Jesús… ¿Usted es gay? Porque ese cuento de tu novia en Venezuela, yo no me lo creo”, alcanzó a decir antes de ser interrumpido por la ejecutiva del banco que lo antendió en la sucursal de calle Prat.

La demanda

Desde aquel episodio las cosas no cambiaron mucho para Jesús. Eso, hasta el 24 de enero de 2020, el día del despido por los supuestos 100 mil pesos faltantes, del cual el empleado dejó constancia en la Inspección Provincial del Trabajo (IPT), con fecha 27 de enero de 2020.

Su pasó por dicho organismo fue el comienzo de un proceso, al que le siguieron una denuncia de vulneración de derechos fundamentales y una demanda de cobro de prestaciones, las que fueron acogidas por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta.

La empresa apeló, pero este miércoles volvió a perder, luego de que el tribunal de alzada de esa ciudad le diera la razón a Jesús.

El fallo

“En concepto de esta Corte, la sentencia recurrida ha dado plena satisfacción a los requerimientos postulados por el recurrente, razón por la cual no se divisa vicio alguno de los reclamados en el arbitrio susceptible de ser enmendado por esta vía, razón por la cual el presente recurso no puede prosperar”, sostiene el fallo difundido por el Poder Judicial hoy jueves.

El escrito de 10 páginas agrega: “En concepto de esta Corte, se ajusta al mérito del proceso y a la privativa convicción a que arribó el señor juez de la causa después de valorar soberanamente la prueba rendida por las partes ajustándose a la reglas de la sana crítica, la que resulta inamovible para esta Corte”.

SE RECHAZA con costas, el recurso de nulidad deducido por el abogado don Anear Gabriel Majlis Isa, en representación de la parte denunciada, SOCIEDAD DE INVERSIONES Y RENTAS EFESIS S.P.A, en contra de la sentencia definitiva de fecha siete de noviembre de dos mil veinte, que acogió la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, la que, en consecuencia, no es nula”, cierra.

Así las cosas, la justicia fijó el pago de una indemnización total de $5.532.639 en favor de Jesús de parte de la empresa demandada que lo acusó de no ser digno de llevar el nombre de Jesús.