Con un aplastante 78.3% la opción Apruebo se impuso ante el Rechazo en el histórico plebiscito vivido este domingo 25, a un año de la marcha más grande Chile.

Según datos del Servel, 5.292.666 personas votaron a favor de cambiar la actual Constitución, mientras que un total de 1.472.355 votantes (21.76%) se inclinó por el Rechazo.

De esta forma, se inicia un proceso constituyente en nuestro país cuyo desarrollo estará normado bajo una Convención Constitucional -opción que se impuso frente a la Convención C. Mixta- que deberá discutir y redactar una nueva Carta Fundamental.

Este órgano estará compuesto por 155 ciudadanos electos únicamente para este cometido. La conformación debe ser paritaria y también se reservarán escaños para representantes de pueblos originarios. Eso sí, en este último punto aún no existe claridad en cuanto a la cantidad y cómo se desarrollará.

Si bien se pueden organizar listas y pactos, también se contemplarán normas especiales para candidatos independientes, ya que son ellos a los que más les costará realizar campaña, por una cuestión de recursos y visibilidad. En este punto existe un proyecto de ley que busca rebajar la cantidad de firmas necesarias para la inscripción de estas candidaturas.

Elección de constituyentes

Con este triunfo del Apruebo, se inicia un arduo calendario electoral para nuestro país. Lo más inmediato viene para el 11 de abril de 2021, fecha en la que se elegirán a los constituyentes junto con gobernadores, alcaldes y concejales.

Todo persona que tenga la calidad de ciudadano o ciudadano de la República, puede postularse como constituyente. “Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”, reza el artículo 13 de la actual Constitución.

Asimismo, para personas que tengan cargos públicos y quieran postularse como constituyentes, la norma indica que al momento de inscribir sus candidaturas las personas cesarán sus funciones.

Además, “las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial mencionado en el inciso anterior”.

Cada constituyente elegido recibirá un sueldo mensual de 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, unos dos millones y medio.

Una vez que estas personas terminen su trabajo, “no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención”.