Tras una indagación que se extendió por dos años, la Superintendencia de Pensiones (SP) informó este viernes que determinó sancionar a seis de las siete Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que operan en Chile.

En detalle, lo anterior ocurrió en el marco de una investigación de irregularidades cometidas por asesores previsionales y agentes de ventas de compañías de seguros en operaciones realizadas en el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), así como la responsabilidad de las AFP y las aseguradoras en dicho proceso.

El SCOMP es el sistema a través del cual los afiliados que estén prontos a pensionarse obtienen información comparable respecto de las ofertas de renta vitalicia y de retiro programado.

La SP finalmente las sancionó “por un total de 13.000 Unidades de Fomento

Las AFP Capital y Habitat fueron multadas con 2.500 UF cada una ($71.725.000 aproximadamente).

En tanto, a las administradoras Cuprum, Modelo, Planvital y Provida se les multó con 2.000 UF a cada una ($57.380.000 aproximadamente).

El regulador explicó que las seis AFP sancionadas no actuaron con diligencia en el cumplimiento de la regulación vigente respecto del control que deben ejercer para asegurar la autenticidad de los certificados de ofertas y montos de pensión emitidos por SCOMP, junto con recepcionar aceptaciones de oferta sin la presentación, por parte del solicitante, del certificado de oferta original.

“Además, en el caso de dos administradoras resultó agravante no contar con los respaldos de la documentación en los respectivos expedientes de pensión en algunos de los casos investigados”, sostuvo la SP.

Las sanciones son enteramente de beneficio fiscal y fueron notificadas a los regulados a inicios de esta semana.

Cada AFP tiene un plazo de cinco días hábiles en caso de optar por un recurso de reposición administrativo ante la Superintendencia de Pensiones y/o de 15 días hábiles si decide interponer una reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

“De no optar por ninguna de estas acciones, cada administradora deberá cancelar las multas cursadas a más tardar en los siguientes cinco días hábiles de finalizado el plazo anterior”, agregó el regulador.

Investigación conjunta

En junio de 2018, la SP y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) iniciaron una investigación conjunta tras detectar prácticas irregulares por parte de asesores previsionales y agentes de ventas de rentas vitalicias de compañías de seguros, quienes proporcionaban información relativa a sus clientes, sin contar con la autorización de éstos, para transformar la copia del Certificado de Ofertas de Pensión -que recibe el asesor o agente- en un certificado “original” adulterado.

Lo anterior tenía como finalidad adelantar la aceptación de ofertas y selección de modalidades de pensión por parte del afiliado, con el objetivo de asegurar el cierre del negocio y, con ello, el derecho a cobrar la comisión y honorario respectivos.

La fiscalización confirmó que los certificados adulterados no presentaron modificaciones en los montos y ranking de las ofertas de pensión.

Con todo, en abril de 2019 la SP y la CMF sancionaron a 16 asesores previsionales con multas y suspensión de sus operaciones en el marco de la misma investigación.

Tras el inicio de la investigación conjunta en 2018, la Superintendencia y la CMF instruyeron una serie de medidas para el fortalecimiento del SCOMP que fueron implementadas en forma inmediata por parte de la administración del sistema.

También se instruyó a las AFP y las compañías de seguros de vida reforzar los procedimientos de control aplicados para verificar que el Certificado de Ofertas que tiene el afiliado para efectuar la aceptación de una pensión, sea el certificado original.

Adicionalmente, el 4 de enero de 2019 la Superintendencia de Pensiones y la CMF emitieron una norma conjunta que perfeccionó el funcionamiento del SCOMP para facilitar al afiliado el proceso de análisis y decisión al momento de pensionarse.

*Fuente: Superintendencia de Pensiones