En medio de la discusión del retiro del 10% se acordó que aquellos padres y madres que tengan alguna deuda por pensión alimenticia, se les retenga el dinero en cuestión, para entregarselos a sus hijos o hijas.

Lo anterior, con el fin de que estos se pongan al día con sus responsabilidades. Un trámite que según indicó el Poder Judicial, se podrá hacer de forma sencilla y rápida a través de una plataforma habilitada por el organismo.

Se trata de un formulario que la persona a cargo del menor deberá rellenar, para que al padre o madre que tiene la deuda, se le retenga el 10%.

¿Cómo hago la solicitud?

1.- El trámite podrá ser realizado desde este jueves en el sitio web tramitefacil.pjud.cl, según informó BBCL, donde cada persona, con una causa judicializada y que persiga el cumplimiento de una deuda por alimentos, al momento de pedir la liquidación de dicho crédito acceda a solicitar, de inmediato, la retención del 10% del alimentante, siempre y cuando éste último haya solicitado el retiro parcial de su fondo para la vejez.

2.- Allí, deberá hacer click en el apartado RETENCIÓN JUDICIAL EL RETIRO DEL 10% DE LAS AFP, para así iniciar el proceso de retener los fondos.

3.- Posteriormente, se desplegará un formulario que la persona que persigue la deuda debe completar con datos básicos del demandado y de la causa, además de adjuntar los documentos requeridos por la plataforma.

4.- Acto seguido, la persona deberá verificar los datos solicitados, con el fin de que no exista margen de error, y registrar un correo electrónico en el que se recibirá el formulario y el certificado de ingreso.

¿Cómo se realizaría el pago al alimentante?

Según explicó el juez Mauricio Olave al citado medio, aseguró que no se sabe la fecha en que se podría efectuar dicho pago.

“El protocolo que hemos estado trabajando con jueces especialistas en familia detallará que la persona que va a pedir la liquidación y que se retengan esos fondos y los jueces van a enviarle a las AFP, en que nosotros podemos saber dónde está cotizando el alimentante, un oficio que diga que en el caso que esta persona pida su 10% se le retenga porque nosotros le vamos a decir cuánto debe y debe pagar”, detalló.