Los últimos días se han multiplicado los reclamos por el alza en los cobros de las boletas de la luz. Esto llevó a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a formular cargos contra las empresas de distribución Enel, Saesa, Frontel, Luz Osorno y Edelaysen.

Esto debido a que han notado ‘errores en sus procesos de facturación’, en los meses en que se emitieron cobros estimados, y que coinciden con el tiempo de cuarentena donde muchos medidores no fueron revisados.

“Eso impactó negativamente en las cuentas de luz de los usuarios, ya que este cobro se comenzó a acumular y terminó abultando las siguientes facturas que recibieron los clientes de estas cinco empresas, una vez que se realizó la lectura del consumo eléctrico en el medidor”, se detalló desde la SEC.

Según detalló el portal Emol, justamente se tuvo que evitar la lectura de los medidores casa por casa, para proteger a los trabajadores, detalló Rodrigo Castillo, director ejecutivo de la Asociación de Empresas Eléctricas.

Son montos acumulados de otros meses

Respecto a esta alza en las boletas, explicó que algunas compañías no incluyeron los cargos relativos a transmisión, por lo que estos montos fueron acumulados cuando se retomaron las lecturas reales.

A partir de esto se entendería la importante alza que afectó a algunos clientes: “Aquí no estamos frente a cobros indebidos o incorrectos, acá estamos frente a una situación extraordinaria que efectivamente ha generado estas dificultades, y estamos haciendo todo lo humano posible por resolverlo”.

Para disipar las dudas, Castillo reiteró que el precio de la electricidad está congelado desde noviembre de este año, por lo que si hubo un aumento en las boletas en las cifras de las boletas, esta solo tiene relación con el aumento del consumo.

“A ninguna persona que esté en condición vulnerable hoy día le hemos cortado la luz, absolutamente a nadie desde marzo de este año, y mientras dure este proceso de pandemia, no lo haremos”, cerró el director ejecutivo de la Asociación de Empresas Eléctricas.