En enero de 2019, una joven de 23 años denunció a través de su cuenta de Facebook haber sido víctima de una violación en grupo el año 2012, durante una fiesta privada en Puerto Madryn, provincia de Chubut, Argentina.

La víctima, que en ese entonces tenía 16 años, fue violada en una casa de Playa Unión, durante una fiesta donde estaba con seis amigas más. Sin embargo, en un momento de la noche, fue llevada a una habitación a oscuras donde luego la violaron entre dos y tres jóvenes, mientras otros dos cuidaban la puerta para que nadie entrara.

Fueron sus amigas quienes la encontraron, casi desvanecida y bajo los efectos de alguna droga, según explicó en su relato, y luego la vistieron y se la llevaron.

Fue un intento de suicidio, descubierto por sus padres, lo que la motivó a confesar la cruda experiencia vivida a sus padres, los que la llevaron al hospital para seguir las indicaciones que toda víctimas de violencia sexual debe cumplir, consignó el medio local Todo Noticias.

No obstante, tras lo ocurrido, fueron tantas las amenazas que recibió para que no realizara una denuncia, que la joven se mudó a Buenos Aires con sus padres. Con ayuda psicológica, pudo seguir adelante hasta tomar el valor de denunciar los hechos, y aunque los involucrados fueron juzgados, ninguno de ellos irá a la cárcel.

Tras la denuncia en enero de 2019, el proceso legal inició en agosto de ese año. En los medios catalogaron a los agresores como “La manada de Chubut”, compuesta por cinco jóvenes de familias conocidas y poderosas de la ciudad de Puerto Madryn.

Los cinco fueron acusados de drogar y abusar sexualmente de la joven, mientras un sexto acusado se quebró y declaró como arrepentido.

En abril pasado, el fiscal Rawson Fernando Rivarola, sobreseyó al acusado T.S. en abril, por haber sido menor de edad en el momento de la violación. Y recientemente sumó el sobreseimiento de R.V., por la misma razón.

Pero eso no es todo, pues además pidió juicio abreviado para los tres restantes -Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci- con la calificación de “abuso sexual simple agravado por la comisión de tres personas“. ¿Su argumento? Rivarola consideró que se trató de un “accionar doloso de desahogo sexual”.

Lo anterior significa que la pena que arriesgan es de tres años en suspenso, por lo cual ninguno de los imputados pondrá un pie en la cárcel.

El siguiente paso en este caso es ver si el juez a cargo, Marcelo Nieto di Biase, acepta o no el juicio abreviado de estas tres personas.

El sexto integrante, J.P., no fue imputado porque fue el único que colaboró con la Justicia en su rol de arrepentido. Además, se determinó que su papel en la violación fue de “coparticipación sin intervención”.