El Tribunal Ambiental de Santiago acogió la solicitud de acumular y revisar en su sede jurisdiccional las dos causas interpuestas por HidroAysén contra las resoluciones del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que la llevaron a perder la calificación ambiental favorable del proyecto.

En agosto de este año la empresa interpuso reclamaciones en Santiago y Valdivia contra dos resoluciones del Servicio de Evaluación Ambiental que finalmente le quitaron la aprobación ambiental al proyecto.

“Atendidas las razones y consideraciones expuestas por el reclamante, la opinión legal adjunta y lo señalado por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (…), se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 92 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, ha lugar a lo solicitado y se ordena la acumulación de los autos seguidos ante el Tercer Tribunal Ambiental a esta causa”, señala la resolución unánime del Tribunal.

HidroAysén interpuso dos reclamaciones contra el SEA en defensa de su proyecto hidroeléctrico: en Santiago reclamó contra la resolución que invalidó los acuerdos tomados por el Comité de Ministros de enero de 2014, y que permitieron posteriormente dejar sin efecto la aprobación ambiental del Proyecto; mientras que en Valdivia la empresa alegó en contra de la resolución que calificó desfavorablemente la iniciativa energética.

La acumulación de causas está regulada en el Código de Procedimiento Civil, que en su artículo 92 dice “la acumulación de autos tendrá lugar siempre que se tramiten separadamente dos o más procesos que deban constituir un solo juicio y terminar por una sola sentencia, para mantener la continencia, o unidad de la causa”.

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Según el informe del SEA, “existe una conexión” entre las resoluciones reclamadas por HidroAysén. “En efecto la primera resolución constituye el presupuesto jurídico necesario que permitió al Comité de Ministros resolver la totalidad de los recursos de reclamación [rae]incoados[/rae] contra la RCA N°225, pues solo después de dejar sin efecto los 19 acuerdos del 30 de enero del presente año, el Comité de Ministros se encontraba habilitado para analizar y resolver tales medios de impugnación”, detalla.

El Tribunal Ambiental de Santiago ofició a Valdivia para que le remita el expediente de la causa abierta en esa sede jurisdiccional (R-4-2014). La decisión del Tribunal implica que tanto en Santiago como en Valdivia, deberá suspenderse el procedimiento hasta que este último tribunal envíe los documentos de la reclamación.

En caso de generarse una contienda de competencias entre ambos tribunales, será la Corte Suprema quien determinará en qué sede jurisdiccional se revisarán las reclamaciones, informó agencia UPI.