El tema de los aguinaldos siempre genera controversia, los únicos que se escapan son los trabajadores del sector público puesto que el bono se les asegura legalmente. En tanto, el sistema privado no tiene ninguna imposición legal para otorgar este beneficio.

Para los primeros, el bono se ubicará entre los 41 y 60 mil pesos, de acuerdo a la remuneración que reciba el empleado; a los segundos, no les queda otra opción que apelar a la buena voluntad del jefe.

Este aporte dieciochero tiene como principal objetivo el que todos podamos disfrutar por igual de la máxima fiesta nacional. Así esas “lucas extras” se gastan entre anticuchos, empanadas, terremotos, y sal de fruta. No obstante, es importante tener claro algunas consideraciones respecto al tema, para saber en qué posición nos encontramos y si somos dignos de recibir esta ayuda.

Si bien en los últimos años son más y más las empresas que se suman a la entrega del bono, no existe obligación alguna, puesto que es una decisión unilateral, excepto si el pago de éste fue parte de algún acuerdo producto de una negociación colectiva entre los dueños y empleados de la compañía.

Según el sitio web Laborum.cl, y de acuerdo a una encuesta realizada a 150 empresas, el 85% de éstas afirma que sí otorgará el beneficio, el que este año promediaría los 58 mil pesos. Monto inferior en un 25% respecto al año pasado.

En el caso que se pague, es importante estar al tanto de que no necesariamente debe ser en dinero (excepto el sector público). Algunas empresas se han sumado a la moda de regalar “gift cards” para alguna cadena de supermercados o repartir canastas de mercadería a sus colaboradores, una práctica no tan recurrente pero que está presente.

Más de alguno ha escuchado que cuando una empresa entregó el bono durante varios años seguidos, esto se vuelve una especie de acuerdo tácito que se suma al contrato laboral, sin embargo, las opiniones respecto a este punto, difieren. Algunos abogados comentan que no existe ninguna cláusula que obligue al empleador a hacerse cargo de este bono, aun sí fue una práctica constante en el último tiempo.

Para Mauricio Llanos, de AbogadosLaborales.cl, este beneficio sí podría “constituir un derecho adquirido si ha sido pagado en los últimos años”, pero al mismo tiempo señala que siempre “es un tema discutible y serán los jueces del fondo, quienes, de acuerdo a las pruebas y circunstancias, determinarán si se trata de un beneficio tácito incorporado al contrato”, apunta.

En relación a la suma de dinero, el abogado comenta que este “no puede ser de menor monto si es que se considera como cláusula tácita”.

¿Y tú, recibirás aguinaldo este año?