La Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado en contra del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Talca, que condenó a la Municipalidad de Yerbas Buenas, comuna de la región del Maule, por su responsabilidad en el accidente que sufrió un menor de edad en una plaza pública.

El fallo de la Tercera Sala del máximo tribunal desestimó el recurso interpuesto por la Municipalidad en contra de la resolución que la condenó por su responsabilidad en el accidente que afectó a uno de los hijos de la demandante Verónica del Carmen Zapata Acevedo.

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Zapata Acevedo concurrió -el 15 de julio de 2012-, junto a tres hijos hasta la plaza ubicada en la calle Antonio Oliveros, en la comuna de Yerbas Buenas, para conocer los nuevos juegos infantiles instalados en dicho espacio público. En la ocasión, uno de los menores utilizó un tobogán, sufriendo la amputación traumática de una parte del dedo meñique de la mano izquierda.

La Tercera Sala, ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que condenó a la Municipalidad a cancelar 10 millones de pesos por concepto de daño moral.

“La demandada no probó haber tomado todas las providencias para evitar el ingreso de público al recinto de que se trata o haber advertido a la comunidad que los juegos y máquinas dañadas hubiesen estado fuera de servicio o se prohibiese su uso”.